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Las denegaciones de la prestación de ayuda para morir, reconocida en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia:
- ADeberán realizarse por escrito o por otro medio que permita dejar constancia, y de manera motivada por el médico responsable, en el plazo máximo de diez días naturales desde la primera solicitud.
- BDeberán realizarse por escrito o por otro medio que permita dejar constancia y de manera motivada por el médico responsable, en el plazo máximo de veinte días naturales desde la primera solicitud.
- CDeberán realizarse por escrito y de manera motivada por el médico responsable, en el plazo máximo de diez días naturales desde la primera solicitud.
- DDeberán realizarse por escrito y de manera motivada por el médico responsable, en el plazo máximo de veinte días naturales desde la primera solicitud.
Explicación clínica
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